TEEM ordena al IEEM garantizar candidaturas a mexiquenses residentes en el extranjero
*.- El Tribunal Electoral modificó un acuerdo para que la ciudadanía migrante pueda competir por diputaciones locales de representación proporcional en el proceso electoral 2026-2027.**
Toluca, Estado de México,– El Tribunal Electoral del Estado de México (TEEM) ordenó al Instituto Electoral del Estado de México (IEEM) diseñar e implementar una acción afirmativa que garantice a las y los mexiquenses residentes en el extranjero el derecho a ser votados y acceder a candidaturas a diputaciones locales por representación proporcional en las elecciones de 2027.
Durante su vigésima segunda sesión pública, el Pleno del TEEM resolvió el juicio de la ciudadanía JDCL/195/2026 y modificó, en lo impugnado, el acuerdo IEEM/CG/25/2026, al considerar necesario establecer medidas que hagan efectivo no solo el derecho al voto de la población migrante, sino también su posibilidad de contender por un cargo de elección popular.
Con esta determinación, el IEEM deberá definir cuántas candidaturas se reservarán para esta acción afirmativa, el lugar que ocuparán en las listas de representación proporcional y los mecanismos para acreditar la residencia efectiva en el extranjero, así como el vínculo de las personas aspirantes con el Estado de México y la comunidad migrante.
Las medidas deberán establecerse antes del inicio del periodo de registro de candidaturas y cumplir con los requisitos constitucionales y legales aplicables, con el propósito de garantizar condiciones para la participación política de quienes, pese a residir fuera del país, mantienen vínculos con la entidad.
En otro asunto, al resolver el juicio JDCL/210/2026, relacionado con la solicitud de inscripción de un inmueble en el padrón catastral de Jilotzingo, el Tribunal determinó que el caso corresponde al ámbito administrativo municipal y no a la materia electoral.
Por ello, dejó a salvo los derechos de la parte actora para que pueda acudir a la vía legal correspondiente, al establecer que los procedimientos de registro catastral no pueden resolverse mediante los medios de impugnación electorales.
En total, durante la sesión, el Pleno del TEEM resolvió 16 asuntos.

