*-Registro de Personas Desaparecidas y No Localizadas precisa que en Edomex hay 10 mil 576 expedientes
Toluca, Estado de México.-Los 125 gobiernos municipales que hay en el Estado de México tendrán la obligación de contar con un área de búsqueda que atienda de manera inmediata peticiones de ayuda y/o auxilio de familiares y amigos que reportan a personas desaparecidas; esto si se aprueba la iniciativa que presentó la diputada Edith Marisol Mercado Torres.
En la reunión de trabajo de las Comisiones Unidas de Legislación y Administración Municipal con Declaratorias de Alerta de Género contra las Mujeres por Feminicidio y Desaparición, Marisol Mercado (Morena), explicó a detalle su propuesta legislativa y resaltó la urgente necesidad de reformar la Ley para que las y los alcaldes tengan la obligación de otorgar prioridad a dicha problemática que afecta a miles de personas y sus respectivas familias en el territorio estatal.
Subrayó que de acuerdo con el más reciente reporte del Registro de Personas Desaparecidas y No Localizadas del Sistema Nacional de Búsqueda, a nivel país hay 98 mil 577 reportes de personas, de los cuales 10 mil 576 corresponden al Estado de México.
Además, añadió también que dichas áreas de búsqueda de carácter municipal deben tener altos estándares de profesionalización y ello se logrará, precisó, no sólo a partir de un reclutamiento estricto de su personal, sino también de su permanencia en el cargo.
Por ello, afirmó que las y los funcionarios de las contadas Células de Búsqueda Municipal que hoy operan en algunos municipios mexiquenses, no tienen garantía de que cuando termine el alcalde en turno su función continuará, por lo que, al modificarse la Ley, se tendrá la certeza de que dichas áreas especializadas continuarán en la estructura de gobierno local, es decir su existencia no estará sujeta a los cambios políticos de los gobiernos locales.
La propuesta de la diputada enfatiza que para que los gobiernos locales tengan la obligación de atender dicha problemática se tiene que adicionar una fracción X al Artículo 87, así como el Artículo 87 Ter de la Ley Orgánica Municipal del Estado de México.