Lun. Dic 2nd, 2024

• Advierte legisladora priista sobre secuelas en los ciclos de lluvia que dañan la producción agrícola.

• Comparte congresista que personas afectadas han atestiguado por años esta práctica.

Toluca, Estado de México. Debido a los supuestos efectos negativos del uso de cañones antigranizo en el comportamiento climático, la diputada del PRI Leticia Mejía García propuso que esta práctica se regule mediante la aplicación de una evaluación de impacto ambiental, ya que personas productoras agrícolas de la región norte del Estado de México han atestiguado, durante años, que afectan los ciclos de la lluvia, ocasionando sequías y perjudicando sus cultivos.

La iniciativa presentada durante sesión deliberante, y que se analizará en comisiones legislativas, Leticia Mejía explicó que, mediante explosiones de gas acetileno y aire, el cañón antigranizo emite ondas de choque que se desplazan a la velocidad del sonido e interfieren en la cristalización del granizo, provocando una lluvia o granizo blando.

Derivado de lo anterior, dijo que muchas personas productoras agrícolas son afectadas, debido a que al usar estos aparatos se evitan las lluvias, dispersando las nubes y ocasionando sequías.

Por esta razón, la propuesta para reformar el Código para la Biodiversidad, el Código Penal y la Ley Orgánica de la Administración Pública, todas estatales, considera como un delito contra el ambiente la emisión de sustancias contaminantes a la atmósfera, que ocasionen o puedan ocasionar desequilibrios ecológicos.

También, plantea fortalecer políticas y mecanismos efectivos de prevención y restauración por contaminación; que las autoridades estatales determinen la procedencia ambiental y las condiciones del uso de estos dispositivos; y que las personas afectadas formulen propuestas respecto a actividades sujetas a evaluación de impacto ambiental.

Leticia Mejía detalló que diversas acciones legislativas se han verificado en torno a los cañones antigranizo; en 2016 el Congreso de la Unión exhortó a la SEMARNAT y a la PROFEPA para detener el uso de cañones antigranizo en Colima.

Puebla estableció en 2021 que el ciclo hidrológico natural no puede alterarse por ningún medio artificial y se prohibió el uso de tecnologías e instrumentos relativos. Tlaxcala prohibió en 2023 la alteración del ciclo hidrológico natural por medio de tecnología, considerándolo una afectación grave al ambiente, lo cual se sanciona con multa de hasta 40 mil veces la Unidad de Medida y Actualización (UMA), sintetizó.

En Michoacán prohíbe obras y acciones que modifiquen artificialmente los patrones hidrometeorológicos utilizando mecanismos como los sistemas descritos. Mientras que Veracruz establece una pena de uno a seis años de prisión y multa de hasta 500 veces la UMA a quien contamine la atmósfera o dañe a los ecosistemas.

La legisladora priista detalló que Guanajuato sanciona con dos a cuatro años de prisión y hasta 2 mil días multa, a quien descargue en la atmósfera, contaminantes que perjudiquen a los ecosistemas y al ambiente. Por su parte, la legislación penal de Oaxaca establece hasta nueve años de prisión y multa de hasta mil veces el valor de la UMA, a quien en contravención a la normatividad ambiental emita a la atmósfera sustancias que dañen los ecosistemas o el ambiente, excediendo lo establecido en las normas oficiales mexicanas.

Si bien es cierto que nuestro Estado cuenta con normatividad protectora del ambiente y el equilibrio ecológico, no menos cierto es que la permanente modernización del marco jurídico posibilita que la normativa atienda las necesidades originadas por la dinámica social.